lunes, septiembre 10, 2007

¿Genocidio catalán? (II)

“No somos los únicos del mundo sometidos a un proceso de discriminación, exclusión, subordinación y, a fin de cuentas, asimilación y/o genocidio, y debemos analizar qué han pensado y qué han hecho para salir adelante los pueblos colonizados, las minorías nacionales, las razas sometidas, el género subordinado, las orientaciones sexuales perseguidas, los damnificados de la tierra”.

La frase que da origen a este comentario: “…discriminación, exclusión, subordinación y, a fin de cuentas, asimilación y/o genocidio” debe ser objeto de nuevo de matizaciones. Porque ni en la actualidad ni durante muchos siglos Cataluña ha sido objeto de discriminación, exclusión o subordinación algunas, ni siquiera en al actualidad se pretende su asimilación, se supone que cultural. Al revés, durante largas épocas se ha beneficiado de políticas proteccionistas encaminadas a preservar su industria de la competencia extranjera o ha disfrutado de flujos de inversión y mano de obra muy preferentes. Y más aún, son ahora mismo los nacionalistas quienes precisamente practican esa política de discriminación y asimilación sobre la mitad de su población que ve cercenados sus derechos lingüísticos. Y es que suele ser un recurso dialéctico la afirmación deliberadamente rotunda de conceptos falsos o equívocos para producir, por su contundencia, la duda primero y su aceptación después como ciertos por parte del interlocutor.

Habla López Tena del reconocimiento por parte de la ONU, dando por supuesto que éste se produciría de forma automática. Pero quizás no fuera tan fácil. Mediante la Resolución 1514 de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, se aprobó la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales. ¿Sería de aplicación esa Declaración a Cataluña?

Dicha Declaración proclama, entre otras cosas:

1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales.


2. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.


¿Está Cataluña sujeta a subyugación, dominación o explotación extranjera? ¿Es una colonia Cataluña? ¿Es el pueblo catalán distinto del español o forma parte de él? ¿No se determina Cataluña libremente, no vota, no elige a sus representantes, no se autogobierna en importantes parcelas de gestión, mayores que las de una gran parte de regiones europeas respecto a sus gobiernos centrales?

Para responder a estas y otras cuestiones, la propia Declaración incorpora una importante precisión:

6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.

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