Transcribo una nota de agencia que me han hecho llegar:
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"LA ASOCIACIÓN PARA LA DEFENSA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ARAGONESA INSTA AL JUSTICIA A INVESTIGAR LA SELECCIÓN DE PERSONAL
La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha pedido al Justicia de Aragón una investigación de oficio sobre el sistema de selección de personal en la administración de la Comunidad Autónoma tras los reiterados errores en las convocatorias públicas de 2004, 2005 y 2006, y la falta de ejecución de la de este año.
Zaragoza.- La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha dirigido al Justicia de Aragón una petición para que dicha Institución, conforme a las facultades que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Aragón y la Ley reguladora del Justicia de Aragón, inicie una investigación de oficio sobre la inaplicación reiterada de las normas que rigen la selección de personal en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La falta de aprobación de Ofertas de Empleo Público en los años 2005 y 2006, la falta de ejecución, pese al tiempo transcurrido, de la Oferta de Empleo Público de 2004 y las condiciones de aprobación de la Oferta de 2007, efectuada por el Decreto 67/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, e impugnada reciente por esta Asociación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ponen de manifiesto el grave deterioro que sufre el sistema de acceso al empleo público en la Comunidad Autónoma de Aragón, lo cual tiene una directa repercusión en el buen funcionamiento de los servicios públicos y en las garantías de legalidad en la actuación administrativa.
La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, norma principal que regula la materia en la Administración autonómica, establece la obligación de que la Oferta de Empleo Público se apruebe con carácter anual (artículo 23 LOFP), y establece que los procesos selectivos previstos en la misma sean convocados en el plazo de tres meses tras la publicación de la Oferta en el Boletín Oficial de Aragón y se realización se concluya en los seis meses siguientes a la publicación de la convocatoria (artículo 24 LOFP).
Pese a la claridad de la norma, el Gobierno de Aragón, en los últimos cuatro años, no ha aprobado Oferta de Empleo Público en dos ejercicios (2005 y 2006), incumpliendo igualmente los plazos de ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2004, cuyos procesos selectivos, en su práctica totalidad, o no han sido convocados o no han sido concluidos.
La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha pedido al Justicia de Aragón una investigación de oficio sobre el sistema de selección de personal en la administración de la Comunidad Autónoma tras los reiterados errores en las convocatorias públicas de 2004, 2005 y 2006, y la falta de ejecución de la de este año.
Zaragoza.- La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha dirigido al Justicia de Aragón una petición para que dicha Institución, conforme a las facultades que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Aragón y la Ley reguladora del Justicia de Aragón, inicie una investigación de oficio sobre la inaplicación reiterada de las normas que rigen la selección de personal en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La falta de aprobación de Ofertas de Empleo Público en los años 2005 y 2006, la falta de ejecución, pese al tiempo transcurrido, de la Oferta de Empleo Público de 2004 y las condiciones de aprobación de la Oferta de 2007, efectuada por el Decreto 67/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, e impugnada reciente por esta Asociación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ponen de manifiesto el grave deterioro que sufre el sistema de acceso al empleo público en la Comunidad Autónoma de Aragón, lo cual tiene una directa repercusión en el buen funcionamiento de los servicios públicos y en las garantías de legalidad en la actuación administrativa.
La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, norma principal que regula la materia en la Administración autonómica, establece la obligación de que la Oferta de Empleo Público se apruebe con carácter anual (artículo 23 LOFP), y establece que los procesos selectivos previstos en la misma sean convocados en el plazo de tres meses tras la publicación de la Oferta en el Boletín Oficial de Aragón y se realización se concluya en los seis meses siguientes a la publicación de la convocatoria (artículo 24 LOFP).
Pese a la claridad de la norma, el Gobierno de Aragón, en los últimos cuatro años, no ha aprobado Oferta de Empleo Público en dos ejercicios (2005 y 2006), incumpliendo igualmente los plazos de ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2004, cuyos procesos selectivos, en su práctica totalidad, o no han sido convocados o no han sido concluidos.
Tal situación, a juicio de esta Asociación, requiere una enérgica reacción por parte de los órganos encargados de velar por el cumplimiento de las normas jurídicas, entre los que ocupa una destacada posición institucional el Justicia de Aragón.
La investigación solicitada englobaría no sólo la estricta Administración pública, compuesta por Departamentos y Organismos autónomos, sino que debería extenderse también a la situación existente en las entidades de Derecho público y en las empresas públicas de la Comunidad Autónoma."
La investigación solicitada englobaría no sólo la estricta Administración pública, compuesta por Departamentos y Organismos autónomos, sino que debería extenderse también a la situación existente en las entidades de Derecho público y en las empresas públicas de la Comunidad Autónoma."
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