sábado, agosto 27, 2011

Reforma Constitucional (II)

¿Va a servir para algo la reforma constitucional?

Ya antes de esta apresurada propuesta de reforma constitucional había mecanismos legales de disciplina presupuestaria, y Zapatero los eliminó. Cuando Zapatero llegó al poder, con mucha más soberbia que inteligencia, se cargó la Ley de Calidad de la Enseñanza, el Plan Hidrológico Nacional y la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Tanta irresponsabilidad ha tenido un coste inmenso para los españoles.

Pero para poder contestar a la pregunta que formulaba al principio habrá que aclarar primero si era necesario incorporar esta previsión sobre el control presupuestario a la Constitución. Seguramente, no. Quizás ni siquiera fuera precisa una Ley de Estabilidad, sino una voluntad expresa de ajustar los gastos de las cuentas públicas a los ingresos. Puro ejercicio de sentido común y responsabilidad, algo que no debiera necesitar su inclusión en ninguna ley y mucho menos en una tan solemne como la Constitución. El problema al que se enfrenta el Gobierno es que quizás haya habido, como todo el mundo da por supuesto, una exigencia explícita de Angela Merkel, aunque es una ingenua si piensa que su inclusión en la Constitución le otorga más posibilidades de cumplirse. Si la mujer cree que los españoles nos vamos a comportar con mentalidad alemana, se equivoca.

Y por otro lado está el asunto de la indisciplina autonómica, y especialmente de los nacionalismos. ¿Introduciendo esa previsión en la Constitución habrá más posibilidades de sujetar a los gobiernos autonómicos a la disciplina presupuestaria? Mientras no se arbitren mecanismos de sanción económica, lo dudo. Y mientras las transferencias económicas del Estado y especialmente la dotación para infraestructuras sea, como lo ha sido hasta ahora, un cambalache permanentemente sujeto a pactos y componendas, lo dudo también.

Pero es que, además, las reformas que ha introducido Rubalcaba lo han convertido en una referencia retórica, sin valor alguno.



En mi respuesta a un comentario en el anterior artículo sobre la reforma constitucional he escrito lo siguiente: “...Rubalcaba, para vencer las reticencias de los suyos, ha desactivado la reforma, con lo que la convierte en inútil para sus tres propósitos supuestos o declarados: (1) es inútil para contener el déficit, que es su propósito declarado, (2) es inútil para aplacar los recelos de Merkel, que es un propósito supuesto y (3) será inútil para calmar a los mercados, que es su propósito obvio, y bajar por tanto nuestro diferencial de deuda y conseguir financiación más barata”

Tomo prestado este párrafo de Juan Ramón Rallo: “...Supongamos que esta reforma ya hubiese estado vigente en 2004, cuando Zapatero llegó el poder. ¿Habría cambiado algo el devenir de nuestra crisis merced a la limitación constitucional del déficit? En absoluto; desde 2004 a 2007, momentos de aparente (y ficticia) prosperidad económica, el PSOE cuadró sus presupuestos con superávit. Llegó la recesión en 2008 y empezaron a aparecer los números rojos: más de 300.000 millones de euros de déficit en cuatro años que de nada han servido salvo para acercarnos a la suspensión de pagos (¡gran éxito de la estimulación keynesiana!). Todos y cada uno de esos déficits, por surgir en medio de una recesión, habrían contado con respaldo constitucional; y, además, los socialistas podrían haberlos convalidado en el parlamento de idéntico modo a cómo sacaron adelante en las Cortes todos los presupuestos que generaron esos déficits. Moraleja: aprobaremos una norma que no sirve en absoluto para alcanzar su objetivo declarado”.

Me preocupaba la satisfacción del PP, que parecían conformarse con haber demostrado que tenían razón al pedir este blindaje de primer orden para la estabilidad presupuestaria, e indiferentes ante los manejos de Rubalcaba, que desactivaban la propuesta. Afortunadamente al menos uno, González Pons, parece haberse dado cuenta de la maniobra:


Pero es que el déficit cero, o la estabilidad presupuestaria, tiene dos formas de lograrse: recortando gastos, que es precisamente lo que espeluzna a los socialistas, que ven peligrar el Estado del Bienestar, e incrementando impuestos que es lo que espeluzna a los liberales y conservadores. Lo que es inviable es pretender mantener ambas cosas, unos impuestos bajos y unas altas prestaciones sociales. Y además, como hemos hecho en España, con unos costes de gestión administrativa altísima, multiplicando administraciones e hipertrofiándolas todas.

No quiero acabar sin mencionar el último párrafo del artículo de Ángel Garcés Sanagustín, “Más Estado, más sociedad”, en el Heraldo de Aragón de hoy: “Suecia, cuyo Estado del bienestar está a años luz del nuestro, distancia que se va a incrementar en los próximos años, va a terminar el año con un superávit fiscal del 1,75%. Eso sí, en el ayuntamiento de Estocolmo, su segunda administración por tamaño, solo están contratados dos asesores, que se están planeando reducir a la mitad. Es otra forma de entender el Estado... y la sociedad”.
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1 comentario:

Natalia Pastor dijo...

La reforma es una auténtica chapuza, un pastiche obligadopor al presión del BCE y de Alemania que ha quedado en nada.
Si el objetivo es la estabilidad presupuestaria, no puede haber déficit. Y si éste existe, y además es estructural, entonces no puede haber equilibrio en las cuentas públicas.

Sorprende que el límite constitucional al déficit vaya acompañado de una remisión a Maastricht por lo que al techo de deuda se refiere. Por dos motivos: uno, da validez y fuerza vinculante al Tratado de Funcionamiento de la Unión (TFU) en el caso del endeudamiento –hasta el 60% del PIB-, cuando la realidad prueba que no es así para ningún estado miembro, empezando por la propia Alemania.

Si la financiación de cualquier agujero público requiere de la emisión de títulos soberanos, ¿por qué se renuncia a fijar constitucionalmente un máximo a su volumen sobre Producto Interior Bruto?.

La reforma seguirá permitiendo abrir la puerta a que ése déficit 0,4% del que se habla -0,26% para el Estado, 0,16% para las regiones y un milagroso 0,00% para los ayuntamientos,se puede incrementar, entre otros supuestos, en aquellas situaciones de recesión económica que escapen al control del ejecutivo y perjudiquen la situación financiera o la sostenibilidad económica o social de España.

Todo queda - por tanto- a expensas de la arbitrariedad del gobernante de turno. Además e la cifra admitirá revisiones en 2015 y 2018.

No se dice ni menciona nada
a las consecuencias del incumplimiento. Supongo que se remitirán a la Ley Orgánica para saber a que atenarse.

Cabrá por tanto un proceso sancionador de la Administración Central contra las Comunidades Autónomas, pero ¿cómo se sanciona el Estado a sí mismo?.

Esta reforma constitucional es un brindis al sol, más que nada, destinada a aportar "garantías" adicionales a los inversores sobre la solvencia de los títulos españoles a día de hoy.


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